Seguridad e intervención: ¿Dónde se traza el límite?
- Benito Bonilla
- 25 ago
- 2 Min. de lectura
El pasado 21 de agosto se reveló que, desde hace al menos una década, dentro de la Policía Nacional del Ecuador operaba una unidad encubierta dedicada al “monitoreo preventivo de actores” —un eufemismo tecnocrático para referirse a espionaje político dirigido, en este caso, hacia Leonidas Iza, expresidente de la CONAIE. La alerta la emitió el Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi al denunciar un presunto atentado contra Iza, cuando tres agentes de la Dirección General de Inteligencia fueron retenidos por la comunidad de San Ignacio, en Latacunga, tras intentar grabarlo sin autorización .
Durante el proceso de justicia indígena —reconocido por la Constitución— se filtraron chats de WhatsApp que revelaron que los agentes se hacían pasar por periodistas (inclusive vinculados a un medio "comunitario" ficticio, Wilar RTV), abogados o funcionarios públicos, con presencia en al menos 17 grupos privados de comunicación, prensa, activistas y defensores de derechos humanos . La Fiscalía confirmó que los uniformados seguían a Iza desde el 15 de agosto, aunque lo justificó como parte de una investigación previa.
Pese a la gravedad de la situación, la vocera del gobierno, Carolina Jaramillo, calificó las denuncias como “irrelevantes”. En contraste, la organización Fundamedios alertó: “Esta práctica constituye un acto de vigilancia indebida e intimidación incompatible con un Estado democrático de Derecho.”
Surgen, entonces, dos interrogantes clave: ¿hasta dónde llega la legitimidad del Estado para intervenir en comunicaciones privadas en nombre de la seguridad? Y más aún: ¿es compatible con un sistema democrático espiar a periodistas, activistas o defensores de derechos humanos?
Este caso cobra especial relevancia en el contexto de la nueva Ley Orgánica de Inteligencia, aprobada en junio de 2025, que permite interceptar comunicaciones sin autorización judicial y concentra amplios poderes en el Ejecutivo. La Corte Constitucional ya ha suspendido varios artículos de esta ley, en respuesta a demandas sobre posibles violaciones a derechos fundamentales .
En última instancia, este episodio es menos sobre la vigilancia en sí misma y más sobre el tipo de vigilancia que elegimos tolerar. Si el Estado comienza a mirar a sus ciudadanos como “actores a monitorear”, no solo socava la confianza, sino que redefine sus límites: ¿seremos una sociedad que protege o una que teme? ¿Dónde queda la delgada línea entre seguridad legítima y control institucional?
Este es un tema que pone sobre la mesa un debate urgente sobre transparencia, Estado de derecho y el futuro de la convivencia política en Ecuador.





Comentarios